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Creama Teulada Moraira informa de la concesión directa de ayudas a empresas y personas trabajadoras autónomas de los sectores: alojamientos,restauración, agencias de viajes, actividades artísticas, recreativas y de ocio.
FEB 2021

Creama Teulada Moraira informa de la concesión directa de ayudas a empresas y personas trabajadoras autónomas de los sectores de la hostelería, tanto alojamientos como restauración, agencias de viajes, actividades artísticas, recreativas y de ocio, por la Covid-19

Creama Teulada Moraira informa de la concesión directa de ayudas a empresas y personas trabajadoras autónomas de los sectores de la hostelería, tanto alojamientos como restauración, agencias de viajes, actividades artísticas, recreativas y de ocio, por la Covid-19

La Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo ha publicado la aprobación de las bases reguladoras de concesión directa de estas ayudas dirigidas a apoyar a la viabilidad económica de las empresas y personas trabajadoras en régimen de autónomo de la Seguridad Social afectadas por la Covid-19, para reforzar su continuidad y posibilitar el mantenimiento de sus trabajadores y trabajadoras.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas con la siguiente cantidad:

a) Las empresas y personas encuadradas en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social que, a la fecha de publicación de este decreto, disponen de al menos una cuenta de cotización con personas trabajadoras en alta en el ámbito de la Comunidad Valenciana y la actividad económica de la cual se clasifique en alguno de los códigos de la CNAE-09 que figuran en el anexo. Y la cantidad de la ayuda ascenderá a 600€ por cada contrato laboral a jornada completa y a 300€ para jornada parcial, con un límite de 12.000€

b) Las personas encuadradas en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social que desarrollan en la Comunidad Valenciana una actividad económica clasificada en alguno de los códigos de la CNAE-09 que figuran en el anexo. La ayuda ascenderá a 600€.

Exclusiones

Quedarán excluidas las personas trabajadoras autónomas que:

  • Incurran en alguna de las prohibiciones previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley general de subvenciones. Sin embargo, se exonera los beneficiarios de la obligación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Con la excepción de la bonificación de cuotas a la Seguridad Social y de la prestación extraordinaria estatal para trabajadores autónomos afectados por la crisis ocasionada por la Covid-19,

Régimen de compatibilidad

Estas subvenciones son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entidad, pública o privada, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

La solicitud se presentará de manera telemática en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana, a través del procedimiento habilitado a tal efecto y denominado «EMPCOV 2021 Apoyo a la viabilidad de empresas y personas trabajadoras en régimen de autónomo afectadas por la Covid 19».

El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará a las 09.00 horas del día 4 de febrero y finalizará a las 23.59 horas del día 17 de febrero de 2021.

En la página web de LABORA estará disponible la información sobre la convocatoria y se habilitará un acceso en la sede electrónica para formular la solicitud, que se efectuará en dos trámites. ENLACE

 

Las personas interesadas en estas ayudas pueden obtener toda la información en la ADLCREAMA Teulada-Moraira.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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